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viernes, 27 de abril de 2012

SOLICITAMOS TITULARIDAD


COMANDANTE-PRESIDENTE SOLICITAMOS TITULARIDAD EN SUS CARGOS PARA 115 DOCENTES INTERINOS Y 20 MIL DOCENTES ENCARGADOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION.



El Sindicato Nacional, Clasista  y Bolivarino, SINAFUM se dirige al Comandante Presidente, A la Ministra del Poder Popular Para la Educacion . A la Ministra del Poder Popular del TRabajo.
DE LA ESTABILIDAD, INTANGIBILIDAD Y PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORESY TRABAJADORAS DE LA EDUCACION EN EL MARCO DE LA TRANSFORMACION  SOCIAL Y LAS BASES ORGANIZATIVAS PARA EL SISTEMA EDUCATIVO Y BOLIVARIANO, A PROPOSITO DE LA DISCUSION Y PROMULGACION POR EL COMANDANTE PRESIDENTE HUGO RAFAEL CHAVEZ FRIA DE LA REVOLUCION Y BOLIVARIANA LEY ORGANICA DEL TRABAJO.
La Ley Organica de Educacion establece los principios constitucionales para la construccion de la nueva Sociedad y la adecuacion organizativa y funcional de lo que debe ser el SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO cuyo eje central es la Educacion como un DERECHO HUMANO fUNDAMENTAL, como una Responsabilidad  Indeclinable del Estado y como una Mision del Ciudadano y Ciudadana en cuanto a su formacion para la Emancipacion , la Equidad y la Inclusion a los efectos de superar los desequilibrios que genero la democracia representativa y el neoliberalismo, lo que impone una ESCUELA UNIFICADA INTEGRAL COMUNAL SOCIAL Y PROGRESIVA, es decir, LA AUTENTICA  ESCUELA BOLIVARIANA desde el maternal a la Universidad con las Aldeas Comunal que combine el saber popular con el saber Cientifico, Humanistico y Tecnologico, es el Estado Docente Comunal ( V Convencion Colectiva - 2008 ).
SINAFUM SOLICITA INGRESO INMEDIATO CON ESTABILIDAD Y EVALUACION DEL DESEMPEÑO PARA LOS 115 MIL DOCENTES DE AULA INTERINOS E INTERINAS Y, LA TITULARIDAD PARA LOS 18 MIL COORDINADORES, DIRECTORES Y SUBDIRECTORES ENCARGADOS DENTRO DEL SUBSISTEMA DE EDUCACION BASICA CON MAS DE TRES AÑOS.
En efecto, el Comandante Presidente desde el año 2008, viene plantean la necesidad de superar dentro del sistema laboral venezolano, el periodo de prueba, la tercerizacion, la flexibilidad laboral y la aberrante figura del "Contratado o Interino" que en algunos casos se le inculcan DERECHOS LABORALES, profesionales y humanos. En el caso del Magisterio algunas Gobernacones abusando del poder, contratan solo sobre la base del Sueldo Minimo sin Seguridad Social, EL MPPE desde hace varios años, gracias a la CONVENCION COLECTIVA el interino o contratado, disfruta de igual salario y beneficios socioeconomicos que el TITULAR, pero tiene cercenada su CARRERA DOCENTE O SEA CARECE DE ESTABILIDAD,Y EN AUSENCIA DE UNA LEY DE EJERCICIO DOCENTE, LA QUINTA CONVENCION COLECTIVA EN LAS CLAUSULAS 22 Y 23 CORRIGE DICHO VACIO FUNDAMENTANDOSE ADEMAS EN LOS ART.104 Y 135 DE LA CONSTITUCION, VIABILIZA RESPONSABLEMENTE EL OTORGAMIENTO DE LA TITULARIDAD, RAZONES QUE AHORA IMPULSAN A SINAFUM, CON BASE AL PRINCIPIO DE LA REALIDAD SOBRE LA FORMA, A SOLICITAR AL COMANDANTE PRESIDENTE EL OTORGAMIENTO DE LA RESPECTIVA TITULARIDAD PARA VESTOS EDUCADORES Y EDUCADORAS, quienes reunen requisitos de merio y profesionalidad patriotica.
La Constitucion de la Republica Bolivarina de Venezuela, sabiamente establece que la EDUCACION Y EL TRABAJO, son los ejes fundamentales para la CONSTRUCION DEL NUEVO ESTADO, que para nosostros es el Estado Social de Justicia y de Derecho, es decir, EL ESTADO SOCIALISTA OPUESTO AL ESTADO EXCLUYENTE Y EGOISTA CAPITALISTA.
La Quinta Convencion Colectiva, suscrita en 2008, establece su Clausula 22 el proceso legal para INGRESAR AL MPPE Y PASAR DE INTERINO A ORDINARIO, en concordancia con la CLAUSULA 23 que precisa la via de la PROMOCION Y ASCENSO de los Educadores y Educadoras, en el marco de la CARRERA DOCENTE, este logro no materializado se logro en el 2008.
LA SEXTA CONVENCION COLECTIVA, suscrita en el año 2011, crea como ORGANO DEL PODER POPULAR EDUCATIVO, CLAUSULA 3, LA JUNTA DE DIALOGO LABORAL Y ACADEMICO, recalcando en la clausula 9 LOS PASOS PARA EL INGRESO, LA PROMOCION Y EL ASCENSO DEL docenta y la docenta, ES DECIR LOS TRABAJADORES Y LOS SINDICATOS, HEMOS CUMPLIDO, El Patron -ministerio, no ha podido cumplir con estas disposiciones, razon por lo cual NOS DIRIGIMOS AL COMANDANTE PRESIDENTE para que en el marco de la REVOLUCIONARIA LEY ORGANICA DEL TRABAJO A PROMULGAR se haga Justicia Social, Profesional y Humana DECRETANDO LA ESTABILIDA Y DERECHO A LA PROMOCION Y ASCENSO de estos 135 mil docentes de aula, asi como los 18 mil docentes encargados de funciones jerarquicas como coordinadores, subdirectores y directores.   PA LANTE COMANDANTE CHAVEZ - MISION  7 DE OCTUBRE ........ VIVA EL 1 DE MAYO.


EL MAGISTERIO CONSECUENTE CON LA NUEVA LEY ORGANICA DEL TRABAJO POR LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL


Orlando Perez, Presidente, Luis Matos. Sec General, Jose Simon Castillo / Abraham Guevara Sec. de Organizacion, Guillermo Madriz. Sec. de Negociacion Colectiva, Virgilio Barreto/ Cesar Silva Sec. de Actas y Correspondencia, Yoeli de Abreu, Sec. Formacion Politica y Sindical, Carmen Marquez/ Iglemia Daniel, Sec. Legislacion Laboral, Jaghy Jimenez, Sec. Relaciones interinstitucionales, Wiliam Guedez, Comision Electoral Nacional




SINAFUM SECCIONAL SUCRE
PRESIDENTE, M.S.C  RUBEN  VELASQUEZ.




26/4/2012.

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